Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR la pretensión mero declarativa de concubinato incoada por el ciudadano Lucilio Antonio Goyo, en contra de los ciudadanos Jesús Gregorio Arguello Burgos, Teodora Arguello Burgos, Carmen Simona Arguello Brugos, Elsa Dolores Arguello Burgos, Romelia Arguello de Cordero y Adán Alberto Arguello Burgos, la cual se mantuvo desde el 19 de Julio del año 1990, hasta el día 02 de Agosto del año 2.012, fecha en que se extinguió el concubinato por el fallecimiento de la ciudadana Ana Zoraida Arguello Burgos.