Ahora bien entre mi persona, en mi condición de juez representante del Estado ejerciendo funciones jurisdiccionales no estoy comprendido en ninguna de las causales de inhibición con la parte demandada, pero si existen causales de inhibición anteriormente señaladas con el profesional del derecho Lawrence Miquilena Núñez, por lo que debe aplicársele a ésta el primer aparte del Artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, es decir, queda excluida la representación judicial del profesional del derecho Lawrence Miquilena Núñez, en la presente causa, y las ciudadanas MATTA PIÑA MARIA YAJAIRA y MATTA PIÑA SORELYS JOSEFINA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 11.084.471 y 15.339.209, respectivamente, en representación de la EMPRESA CONSTRUCCIONES AGROINDUSTRIAL CENTAURO, C.A., estarán asistidas por una persona de su confianza o en su defecto por un profesional del derecho que debe designarle este Tribunal para el caso que éste no postule representación de abogado dentro de los cinco .....