Cuando el Municipio dio en venta pura y simple el lote de terreno objeto de pretensión interdictal, éste es un contrato administrativo que debe resolverse cualquier cuestión o hecho por ante el contencioso administrativo, por lo tanto los actos, hechos y acciones que haya realizado la Alcaldía del Municipio Guanare al readquirir o rescindir ese contrato de venta y tener posesión del lote de terreno mediante el acto administrativo, esta actuación es controlada por los órganos jurisdiccionales mediante el contencioso administrativo, que es una competencia especial de orden público y que regula mediante el control de nulidad del acto administrativo, por lo que este órgano jurisdiccional le está vedado o prohibida conocer pretensiones interdictales derivadas de relaciones contractuales administrativas y de resoluciones administrativas, porque tales actos tienen la presunción de legalidad, la misma es iuris tantum, sobre la cual se apoya su ejecutividad y ejecutoriedad, en virtud que exime .....