Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
1) INADMISIBLE la reforma de la demanda solicitada por la parte actora MERCANTIL C.A BANCO UNIVERSAL el día 11/11/2015, bajo los fundamentos que mediante la reforma de la demanda no se puede cambiar el procedimiento.
2) Se Repone la causa al estado de admitir la pretensión de Cobro de Bolívares incoada por la demandante MERCANTIL C.A BANCO UNIVERSAL contra los demandados sociedad Mercantil M&D TECHNOLOGY, C.A, sociedad mercantil denominada indistintamente M&D TECHNOLOGY, C.A y/o a la prestataria, como deudora obligada principal, y al ciudadano JOSE MIGUEL ALVAREZ MATAMOROS como fiador y principal pagador de la deudora M&D TECHNOLOGY, C.A, sociedad mercantil denominada indistintamente M.....