Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Que el tercero llamado a juicio como garante Empresa Proseguros S.A. quedó citada el día 14/01/2016, al haber consignado el instrumento poder especial otorgado al profesional del derecho Iván Molina Pulido, el mismo día en que éste órgano jurisdiccional agregó a los autos las resultas de la comisión remitida a un Juzgado Distribuidor del Área Metropolitana de Caracas para que practicara la citación personal del garante, y al quedar expresamente citada la Empresa Proseguros S.A., se le hace saber que una vez que conste en autos la última de las citaciones de los herederos conocidos, comenzará a computarse el lapso de veinte (20) días de despacho para que de contestación a la cita .....