Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de medidas preventivas interpuesta por la parte actora ciudadana Daifran Milagros Sulbaran Viera, y se decreta la prohibición de enajenar y gravar sobre los siguientes bienes inmuebles, propiedad del codemandado de la Sociedad Mercantil denominada Planta de Hielo, Licorería y Agencia de Festejos Guanare C.A., sobre las siguientes bienhechurias y anexidades que tienen las siguientes características: El terreno se encuentra cercado perimetralmente, con paredes de bloque de cemento, las instalaciones principales están conformadas por un galpón industrial de las características a referir, construido en estructura de hierro, techo de acerolit, piso de cemento, con sus instalaciones.....