Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR la pretensión mero declarativa de concubinato incoada por la ciudadana MARIA EVANGELISTA DURAN GRATEROL, en contra de Los ciudadanos JOSE LUIS ZAMBRANO DURAN, YADIRA DEL CARMEN ZAMBRANO DURAN, NELSON MANUEL ZAMBRANO DURAN, RAFAEL IGNACIO ZAMBRANO COLMENARES, JORGE LUIS ZAMBRANO COLMENARES, BELKIS COROMOTO ZAMBRANO COLMENARES, DAGNI MIGUEL ZAMBRANO COLMENARES, GLADYSBELL ZAMBRANO COLMENARES, YOVANE DE JESUS ZAMBRANO COLMENARES, DILCIA RAFAELA ZAMBRANO DE ARTIJAS Y JUANA ROSA ZAMBRANO DE GRATEROL, la cual se mantuvo desde el día 23 de Mayo del año 1.969, hasta el día 04 de febrero del año 2.012, fecha en que se extinguió el concubinato por el fallecimiento del ciudadano RAFAEL I.....