Expuesto el convenimiento en que llegaron los apoderados de la parte demandada abogado CARLOS GUDIÑO SALAZAR y por la parte actora el apoderado judicial Lino Javier Bastidas Olmos, en la cual convienen en que se le cancelara CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 110.000,00) a la ciudadana ZUNILDE JOSEFINA SOLIS CABALLERO, quien actúa como hija del causante ANTONIO RAMÓN SOLIS RONDON, quien dejó como hijo a los ciudadanos ANTONIO RAMÓN SOLIS CABALLERO, RAQUEL CARLINA SOLIS CABALLERO, SANDRA MALBARIS SOLIS DE CASTEJÓN y ZUNILDE JOSEFINA SOLIS CABALLERO, y esposa a la ciudadana RAQUEL CABALLERO DE SOLIS, quienes le otorgaron instrumento poder a la ciudadana ZUNILDE JOSEFINA SOLIS CABALLERO, para que los representara por ante este tribunal en el expediente Nº 15.955, lo cual sirve de fundamento para que ésta ciudadana reciba la cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 110.000,00), el cual deberá ser dividido conforme a la ley, y así se homologa este convenimiento conforme a los artículos 255 y .....