Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR la pretensión de Nulidad de Contrato de Compraventa autenticado por ante la Notaria Pública de Guanare el 15/04/2014, incoada por la ciudadana Cecilia de la Corteza Morales Rodríguez en contra de los ciudadanos Felipe Bernardo Rodríguez y Soveida del Carmen Velásquez López, en consecuencia, esa venta cumplió con los requisitos de Ley.