Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) QUE EXISTE LITISPENDENCIA PARCIAL en esta causa en virtud, que en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, existe una causa de partición de bienes gananciales de un inmueble que tiene las siguientes características: Una vivienda familiar que se encuentra ubicada en la Urbanización Antonio José de Sucre, vereda Nº 4, sector 6, casa 1, Los Próceres de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa, el cual se encuentra protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Guanare, Protocolo 1º, Tomo 8, Primer Trimestre del año 2000, bajo el Nº 13, folios 82 al 83, de fecha 31/05/2000, y en este.....