Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA, según la Jurisprudencia de la Sala Plena, Sala Especial Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 11/12/2012, Magistrado Ponente Oscar J. León Uzcategui, Expediente Nº AA10-L-2010-000153, en el caso de la Querella Interdictal restitutoria interpuesta por el Colegio de Abogados del Estado Mérida contra la Organización Civil denominada Organización comunitaria Integral de Vivienda y Habitat Generación de Relevo, y según Resolución Nº 2009-0006 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y que fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el 02/04/2009, que modificó parcialmente el artículo 698 del Código de P.....