Además, en fecha 28 de noviembre del 2011, siendo la oportunidad fijada para que tuviera lugar la juramentación de los expertos en el presente procedimiento, se dejó constancia de la fecha y hora en que se llevaría a cabo la practica del referido estudio pericial, la cual tendría lugar el día martes 29 del mismo mes y año, a las 2:30 de la tarde, tal como lo prevée el artículo 466 del Código de Procedimiento Civil, ya que las partes tienen derecho a conocer las pruebas antes de su evacuación, así como el momento señalado para su recepción en autos, todo con el fin de que puedan asistir a su evacuación y hagan uso de los derechos que permitan una cabal incorporación a la causa de los hechos que traen los medios, y así tener una vigilancia y fiscalización de los medios, y asimismo, puedan hacer observaciones a los expertos ya sea en forma oral o escrita las que consideren pertinentes y que seas permitidas en su evacuación.
Por estos motivos se declara IMPROCEDENTE la impugnación prop.....