Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
1) PROCEDENTE la Medida Preventiva Innominada de ordenar a la Caja de Ahorro de la Gobernación del Estado Portuguesa, abstenerse de emitir cualquier pago de los haberes y ahorros que pertenecen al causante Winsthon José Romero Ramírez, hasta tanto se resuelva la presente controversia y se determine quienes son los que verdaderamente tienen vocación hereditaria para suceder y heredar los bienes dejados por este causante Winsthon José Romero Ramírez.
2) OFICIAR a la Caja de Ahorro de la Gobernación del Estado Portuguesa, a los fines de que se abstenga de entregar los haberes y ahorros que pertenezcan al causante Winsthon José Romero Ramírez y de cumplimiento a este mandato judicial.