Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Pretensión de Divorcio incoada por el ciudadana ÁNGEL MIGUEL HERNÁNDEZ BETANCOURT, contra la ciudadana ONEIDA JOSEFINA ARTIGAS MADRID, fundamentada en la causal segunda Artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Portuguesa, en fecha Dieciséis de Diciembre de Dos Mil Cinco (16/12/2.005), según consta en el acta N° 2399.