DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) ME DECLARO INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, referida al Cobro de Bolívares por Intimación, incoada por el ciudadano Henry Manuel Abreu Parra contra la Asociación Civil de Productores, Consumidores y Servicios Doralca, representada por su Presidente el ciudadano Alberto García Castillo, ya que del titulo cambiario se desprende que el librado aceptante, el librador y el beneficiario establecieron lugar de cumplimiento de la obligación un fuero especial, siendo el Tribunal competente el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. 2) Planteó el conflicto de no c.....