Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito en Función Constitucional del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO.- Se declara SIN LUGAR la Querella de amparo constitucional, incoada por el ciudadano EDGAR ROBINSON COLMENARES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.051.544, actuando en propio nombre y representación de la Sociedad Mercantil denominada DISTRIBUIDORA Y CONSTRUCTORA COLMENARES DICOL C.A, debidamente asistido por los letrados DervisHuwerleyFauditoRodriguez y JakelinUrquiola Medina, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 101.655 y 108.321respectivamente,contra el ciudadano HECTOR JESUS COLMENARES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.321.969, representado por.....