Procedente reposición de la causa al estado de suspender este proceso judicial por cuarenta y cinco días (45) continuos para que las partes demandadas gestionen la citación personal del citado en juicio como tercero garante empresa Proseguro S.A., aun pudiendo solicitar la citación por correo para el caso que se agote la citación personal si esta no fuera posible practicarla conforme al articulo 219 del Código de Procedimiento Civil, fundamentada en la violación de la Tutela Judicial Efectiva por parte de este Órgano Jurisdiccional quien no sustanció en su debida oportunidad la diligencia presentada por la parte demandada el 09 de Abril del 2015, y por haberse paralizado por cuarenta y cinco días (45) continuos desde el 27 de Mayo hasta el 10 de Julio del 2015, los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas mediante Resolución dicta por la Rectoría de esa Circunscripción Judicial el 26 de Mayo del 2015, lo cual impidió y acorto el termino de la suspensión de la presente .....