por lo que este órgano jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACION, quedando establecido que el nuevo acreedor hipotecario en la presente causa es el ciudadano Víctor Guillermo Sierra Mora, por haber pagado como tercero la deuda que tenía el ciudadano Noel José Villavicencio, quien había otorgado la garantía hipotecaria, que fue autorizada por su cónyuge Besaira Fuenmayor de Villavicencio. Así se decide.
Se ordena oficiar al ciudadano Registrador Subalterno de esta ciudad de Guanare, para que estampe la nota marginal en el documento donde se constituyó la hipoteca, el cual fue protocolizado en esta Oficina de Registro Público, el 26/12/2002, la cual quedo anotada bajo el N° 48, folios 224 al 231, Protocolo 1, Tomo 10, Cuarto Trimestre del 2002. Ofíciese lo conducente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero de Primera In.....