Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR la pretensión mero declarativa de concubinato incoada por la ciudadana GISELA DEL CARMEN ARTEAGA ANDRADE, en contra del ciudadano JOSÉ GERONIMO RODRIGUEZ MONTILLA, la cual se mantuvo desde el día 21 de Enero del año 1.994, hasta el día 20 de Abril del año 2.010, fecha en que se extinguió el concubinato.