Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley DECLARA: la nulidad de las diligencias de citación, y de los actos procesales subsiguientes, hasta el presente fallo, exclusive, y por vía de consecuencia, la suspensión del presente procedimiento hasta tanto la parte actora, solicite nuevamente la citación de todos los demandados.