Por los anteriores razonamientos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de Nulidad Relativa de los Asientos Registrales incoada por la ciudadana Yurma Josefina Principal Colmenarez contra las ciudadanas María Teotiste Colmenarez y Blanca Doris Rosero Castillo, sólo en lo que respecta al inmueble distinguido con las siguientes características una casa de habitación familiar que mide quince metros con cincuenta centímetros (15,50 mts.) de largo, por ocho metros (8mts.) de ancho, construida con paredes de bloques, estructura de concreto y cabilla, techo de zinc, piso de cemento, con tres (03) habitaciones, sala, comedor, cocina, lavadero, puertas y ventanas de hierro y vidrio, ya que las veintidós (22) habitaciones tiene plena eficacia y validez.....