Ahora bien, en el presente caso observamos que el último acto de procedimiento de la parte actora tuvo lugar el 02/03/2016, fecha en la cual compareció el apoderado judicial de la parte actora y mediante diligencia solicita la intimación por cartel de los co-demandados INVERSORA MASTERPLAN C.A. y OSCAR MANUEL DELGADO URQUIOLA, y a partir de la mencionada fecha no consta en el expediente ningún acto de procedimiento de la parte que revele el ánimo del demandante de impulsar el proceso, en consecuencia habiendo transcurrido 1 año, 7 meses y 17 días, considera quien aquí decide que ha transcurrido tiempo suficiente para que opere la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, por lo que expresamente así se declara, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por lo que expresamente Así se declara.