Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) con lugar la pretensión demanda de Fraude Procesal interpuesta por la ciudadana Noris Lourdes Viscaira Mendoza en contra de los ciudadanos Ulices Ramón Uzcategui Salcedo, Ligia de la Coromoto Salcedo Arteagas, (fallecida), José José, Rafael José, Mercedes Maithe, Ligcelia Salcedo Y Tibisay Coromoto Uzcategui Salcedo, en consecuencia, se declara nulo el proceso judicial distinguido con el Nº 2082, que fue llevado por el Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito Judicial, donde aparece como demandante la ciudadana Ligia de la Coromoto Salcedo Arteagas, y como demandado el ciudadano Ulices Ramón Uzcategui Salcedo, por pretensión de Desalojo de un Inmueble ubicado en la Urbanización V.....