Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) SIN LUGAR la cuestión previa del artículo 346 ordinal 6 en relación al artículo 340 ordinales 5 y 7 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada FARHAN AL AWAR. 2) CON LUGAR la pretensión de nulidad relativa del contrato de arrendamiento autenticado por ante la Notaría Pública de Guanare del Estado Portuguesa, bajo el N° 11, tomo 53, de fecha 24/04/2008, postulada por el ciudadano BENJAMIN ESCALONA BASTIDAS contra los ciudadanos MARÍA DE LOS ÁNGELES BASTIDAS DE ESCALONA y FARHAN AL AWAR, en su propio nombre y como propietario de la firma unipersonal denominada MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN FRANCO C.A., y se ordena la entrega material del local comercial ubicado en la calle 4 Pá.....