Por los anteriores razonamientos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) CON LUGAR la apelación interpuesta por el Coapoderado Judicial de la Librería y Papelería Andrés Bello C.A., abogado Ángel Armando Yúnez contra la sentencia dictada por el Tribunal A quo. 2) SE REVOCA el fallo dictado por el Tribunal A quo. 3) SIN LUGAR la Demanda de Desalojo de Inmueble incoada por el actor.