Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en virtud que la última actuación procesal de las partes, en este caso del demandante la realizo el día 17/02/2010, cuando el apoderado judicial de la parte actora consigno los ejemplares de los diarios del Periódico de Occidente y Ultimas Noticias, que contenía el cartel de citación del codemandado Jacinto Delgado Viera, sin haber realizado actuaciones de impulso procesal para llevar adelante la finalización de este proceso mediante la sentencia definitiva, por lo cual operó de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, la perención de la instancia, por haber transcurrido mas de un año, sin haberse ejecutado actos de procedimiento o d.....