Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: Insuficiente la garantía de fianza judicial presentada por la querellante, por incumplir la normativa anteriormente señalada y no cubre el monto de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a los querellados, para el caso de que la pretensión sea declarada sin lugar.