DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana DULCE MARÍA CAMPOS HERNÁNDEZ, plenamente identificada en autos. En consecuencia, se designa como Tutora Definitiva de la entredicha, a la ciudadana: PREPEDIGNA DEL CARMEN HERNANDEZ DE CAMPOS. Se ordena registrar la presente Sentencia de Interdicción Definitiva, como también la publicación de un extracto de la misma, por ante un periódico de la localidad.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Guanare, a los veinticinco días del mes .....