Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) SE DECRETA la Prohibición de Enajenar y Gravar en un 50% sobre la Finca denominada EL FRENO, constante de 844 hectáreas y que fue adquirido según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Autónomo Guanarito del estado Portuguesa el 16/09/1992, bajo el Nº 49, Folio 1 al 2, Protocolo II, Tercer Trimestre de ese año. 2) SE ORDENA el Secuestro de 307 semovientes bovinos, cuyo hierro es 15 , y el Tribunal ejecutor de medidas practicará el mismo en la Finca EL FRENO, alinderada por el ESTE, en una línea recta que comienza en el botalón de hierro que esta clavado a una distancia de mil metros (1.000 mts), donde termina el lindero Sur de la posesión EL FRENO, hast.....