Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) Me declaro incompetente para conocer de la presente pretensión mero declarativa de concubinato, incoada por el ciudadano Yonathan Enrique Arreaza Barreto, contra el ciudadano Neptali José García Villegas, en su condición de cónyuge de la causante Yamilet del Carmen Márquez Uzcategui, y los intervinientes coherederos los niños Williams Yohan Rojas Márquez de 12 años y Wilfredo Enrique Rojas Márquez de 11 años, siendo el Tribunal competente el Juzgado de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de esta Circunscripción, de conformidad con el artículo 177 parágrafo primero literal "m" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Remítase todas las actuaciones procesales de la.....