Verificadas como han sido las actuaciones inherentes a la presente causa, y en virtud de estar ajustada a derecho al convenimiento efectuado por ambas partes, pues reúne los requisitos exigidos en los Artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, conforme a lo pautado en los Artículos antes mencionados, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su Homologación.