por lo que se establece que el bien inmueble debe pasar a plena propiedad a favor de la ciudadana Yelineth del Mar Mendoza Chacón, por estar ocupándolo y por tener la condición de copropietaria, debiendo consignar por ante este Órgano jurisdiccional la cantidad de dinero que le corresponde al ciudadano Armando José Prato Roa, que estableció el Partidor el día 21/01/2016, cuando presentó el proyecto de Partición, la cual estimó en la cantidad de siete millones quinientos sesenta y cuatro mil quinientos veintiocho bolívares con sesenta y cinco céntimos (Bs. 7.564.528,65), en un lapso de diez (10) días de despacho, el cual comenzará a correr al día siguiente de la notificación del ciudadano Armando José Prato Roa y /o su apoderado judicial abogado Pedro Luis Álvarez Armas. Así se decide.