En fecha seis de marzo de dos mil ocho, fue remitido el expediente a este Despacho, el cual paso a conocer del mismo y admitió la demanda en fecha 12 de marzo de 2008, ordenándose la citación del demandado MILAN RUDMAN, en su carácter de Presidente de la firma Mercantil Constructora Geovial C.A., para su comparecencia por ante este Despacho, dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes, a que conste en autos su citación, en horas laborables comprendidas de 8:30 a.m. A 3:30 p.m., por si o por medio de apoderado a dar contestación a la demanda, librándose la boleta una vez que la parte actora consignare los fotostàtos respectivo. Al respecto el Tribunal observa: Si bien es cierto, que el proceso una vez iniciado no es asunto exclusivo de las partes pues al requerirse el ejercicio de la función jurisdiccional entra en juego también el interés publico, en una recta y pronta administración de justicia. El Juez debe actuar como director propulsor del proceso. La actividad de diri.....