Este Tribunal de Primera Instancia Penal EN MOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN PERIODICA cada 15 días por ante la oficinal del alguacilazgo y prohibición de acercarse a la víctima, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° y 6 del código orgánico procesal penal al ciudadano JOSÉ JAVIER PÉREZ PALMERO, venezolano, de 18 años de edad, FN. 18-02-76, soltero, de profesión u oficio chofer, titular de la cedula de identidad N°-V13.905.650, residenciado en la calle del cementerio frente al estadium de béisbol, casa sin numero Sarare Estado Lara. Asistido en este acto por el defensor privado Abg. Francisco Alvarado, por el delito APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, prevista y sancionada en el artículo 470 del código orgánico procesal penal. En perjuicio del ciudadano. Henry Giovanny Jiménez Aranguren. Se ordena boleta de excarcelación y acta de compromiso; vencido el lapso de apelación remítase las actuaciones a la fiscal.....