D I S P O S I T I V A
Por los motives antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Se DECRETA LA ORDEN DE APREHENSIÓN de conformidad con los siguientes artículos: Con el segundo aparte del Art. 243, Art. 262 Ord. 3º; 250 Ord. 1º,2º,3º, y Art. 251, todos del código orgánico procesal penal, para el imputado HUMBERTO ANTONIO MARIÑO, venezolano, mayor de edad, soltero, Titular de la Cédula de Identidad N°V-11542612, domiciliado en Calle Principal casa sin número Barrio Altamira Acarigua, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4°del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana FIDELINA ARRIECHI DE RODRIGUEZ. Se ordena oficiar a los cuerpos de seguridad del estado para que practiquen la captura del mencionado imputado.....