DECISIÓN
En atención a los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial del estado Portuguesa extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO a del acusado FELIX ABELARDO RIVERO ESCALONA, venezolano, de 22 años de edad, soltero, profesión u oficio indefinida, titular de la Cédula de Identidad N°V- 17.364.785 residenciado en la Urb. Baraure en la calle 12 vereda 03 sector 09 Araure. Estado Portuguesa. Asistido En este acto por la defensora pública Abg. Maria Gabriela Carmona, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, cometido en perjuicio del hoy (occiso) JEAN CARLOS RIVERO QUINTANA: Se emplaza a las partes para que en el lapso común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio que corresponda por distribución.....