Visto el Archivo Fiscal decretado por el Ministerio Público, considera esta Juzgadora que dicho archivo esta ajustado a derecho. En tal sentido, este Tribunal de Primera Instancia actuando en funciones de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ADMITE EL ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal a favor de los imputados EDUARDO JOSÉ VASQUEZ MENDOZA, y RAFAEL HOMORIO PÉREZ, por la presunta comisión del delito de CONSUMO ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes, en perjuicio del estado Venezolano. Cesan todas las medidas que se le hayan impuesto a los imputados de autos. Notifíquese a las partes. Librase lo conducente. Remítanse las actuaciones en la oportunidad legal a la Fiscalía de origen del Ministerio Público