Por todas estas consideraciones Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, declara sin lugar lo solicitado por el Ministerio Publico y DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN PERIODICA CADA (08) DÍAS por ante el alguacilazgo de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del código orgánico procesal penal, para los imputados: JOCHEN ALEXANDER GOMEZ HERNANDEZ venezolano, de 29 años edad, FN. 13-11-74, soltero, cédula de identidad N°V-13.226.654, de profesión u oficio albañil, residenciado en el Barrio Plazuela calle principal, casa s/n 61, Municipio Agua Blanca Estado Portuguesa, y YENNA DEL CARMEN COLMENARES ¿venezolana, de 25 años edad, FN.28-09-79, soltera, cédula de identidad N°V-14.228.021, de profesión u oficio del hogar, residenciado en el Barrio Plazuela calle principal, casa s/n 61, Municipio Agua Blanca Estado Portuguesa. Ambos Por el supuesto delito de OCULTAMIENTO ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, pre.....