DISPOSITIVA
Vista y analizada las actas procesales este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal de este Circuito Judicial Penal del Esta Portuguesa extensión Acarigua. en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se DECRETA LA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los imputados: JUAN DE LA CRUZ NORIEGA ALFARO, FRANCISCO ANTONIO BETANCOURT SILVA, Y YILBER ANTONIO PALACIOS RIVAS. Por el delito de OCULTAMIENTO ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el del artículo 34 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes, en perjuicio del estado Venezolano. Se ordena Boleta de reingreso en el mismo lugar de reclusión, remítase las actuaciones a la Fiscalia de origen.
LA JUEZ DE CONTROL Nº1
ABG. ANA DILIA GIL
LA SECRETARIA
.....