Tribunal para decidir observa:
El Representante Fiscal, manifestó no tener objeción alguna en cuanto a la solicitud hecha por la defensa. La ciudadana NADIA SANDOVAL, en su condición de víctima, quien entre otras cosas señaló, nosotros no queremos mas problemas y creemos que la violencia genera mas violencia y por cuanto las cárceles no son optimas, nosotros lo que queremos es que el se aleje de la casa no que este preso, pero que este bien lejos de la casa.
Vista la opinión del Ministerio Público y lo manifestado por la víctima, considera que lo procedente y ajustado a derecho declarar con lugar lo solicitado por la defensa en tal sentido, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Administrando Justicia, se acuerda el cambio de la medida de privación por las siguientes MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVA, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3°, 4, 6° ,7° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 39 de la Ley Sob.....