DECISIÓN
En atención a los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial del estado Portuguesa extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. SE ORDENA LA APERTURA DE JUICIO ORAL Y PUBLICO para el acusado: ciudadanos WILMER ALFREDO CAMACHO SOTO, Venezolano, natural de Sanare Estado Lara, de 20 años de edad, FN 02-10-84, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.101.030, residenciado en: Barrio S. Pablo, calle 04 con avenida 15, casa s/n, Araure, Edo Portuguesa, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal y ADULTERACIÓN DE SERIALES previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Sobre el Hurto de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio del ciudadano FELIPE SEGUNDO CARRERO CANELON. Se emplaza a las partes para que en el lapso común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio que.....