DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley sustituye la privación de libertad de la cual vienen siendo objeto los ciudadanos Bolívar Cardoso Freddy Alberto, Venezolano, de 27 años de edad, nacido el 30-04-1977, soltero, de oficio albañil, titular de la cédula de identidad N° 15.150.937, residenciado en la avenida 2, casa N° 51, San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, y Cordero Escalona Hermes Javier, Venezolano, de 18 años de edad, nacido el 21-06-1986, soltero, de oficio estudiante, titular de la cédula de identidad N° 18.850.962, residenciado en el barrio Brisas de Apartadero, del Estado Cojedes, por las razones expresadas anteriormente y en su lugar se le imponen la prevista en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en la obligación de pr.....