DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara sin lugar la solicitud hecha por la ciudadana defensora y ratifica al imputado Yan Carlos Peréz, Venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.865.840 la medida cautelar prevista en el ordinal 1° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la detención domiciliaria, bajo la custodia de una persona, por las razones expresadas anteriormente.
Remítase a la Fiscalía una vez vencidos los lapsos de ley.