DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Admite la Acusación interpuesta por el Fiscal Tercero del Ministerio Público, por llenar los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del imputado: José Antonio Pérez Colombo, venezolano, de 19 años de edad, soltero, de oficio Obrero, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 26-04-1986, hijo de José Misael Pérez Suárez (v) y Delida Colombo (v), domiciliado en el Barrio Villa Bruzual, Manzana 5, avenida 2, con calle 3, diagonal al Ambulatorio, casa S/N°, cerca del Módulo Policial, Turén Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407del Código Penal, cometid.....