DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº1 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA la medida cautelar sustitutiva consistente de arresto domiciliario que fue otorgada en fecha 31/10/2008 al acusado JESUS RENE DUNCAN TORREALBA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.416.160, residenciado en Villa Araure I, avenida 2 con calle B-3, casa Nº10, Araure, Estado Portuguesa, y en su lugar se decreta Medida Cautelar Privativa de Libertad, que será cumplida en la Comisaría Gral. José Antonio Páez de esta ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, motivado al incumplimiento de la misma, todo de conformidad con numeral 1º del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, déjese copia y líbrese lo conducente.
El JUEZ DE CONTROL N° 1
ABG. OMAR FLEITAS FLORES
LA SECRETARIA
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