DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano: JOSÉ NIEL RIVERO CORDOBA, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 09-01-1981, titular de a cédula de identidad N° V-15.215.005, residenciado en el barrio Bella Vista 2, calle 25-B, casa SIN, de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los Artículos 458 del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano MAROUAN JAMIL HATEM, y DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN CANTIDADES MENORES, previsto y sancionado en el Articulo 31, Tercer Aparte de la Ley de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLAN, a la pena de: SIETE (7) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, .....