DISPOSITIVA
Conforme a la motivación supra establecida, este Tribunal de Juicio I de Primera Instancia Penal Ordinario, en función de Juicio, en nombre de de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERRUPCIÓN DEL DEBATE ORAL, todo de conformidad con los artículos 190 del Código Orgánico Procesal Penal y 320 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. ORDENÁNDOSE UN NUEVO JUICIO PARA LA FECHA DEL 04/10/2012, A LAS 11:00 AM. Convocar los medios de prueba y a las partes.
JUEZ PROVISORIA DE JUICIO N° 1
ABG. CARMEN TERESA SANOJA CHAVEZ