DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones anteriormente señaladas, este Juzgado de Juicio Nº 1, constituido en forma Unipersonal, presidido por el Juez Profesional abogado OMAR FLEITAS FLORES, del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado JOSE DAVID ZERPA CASTEL, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.841 .052, residenciado en la Avenida uno entre calles 13 y 14, Barrio El Cementerio, Agua Blanca Estado Portuguesa, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias previstas en el articulo 13 del Código Penal a saber: 1.- La interdicción civil durante el tiempo de la pena; 2.- La inhabilitación política mientras dure la pena y 3.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que esta termi.....