DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, constituido como Tribunal UNIPERSONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ABSUELVE al acusado GUILLERMO JOSE FIGUEROA DIAZ, ampliamente identificado en autos, por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana Marianni Andreina Torres Lopez por no haberse demostrado en el debate oral y público ese ilícito penal. En consecuencia se ordena el cese de la Medida Cautelar sustitutiva de Libertad dictada por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal y se ordena la LIBERTAD PLENA del los Acusado todo ello conforme a lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
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