En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ORDENA la Captura del ciudadano JOSE GREGORIO GARRIDO CEBALLOS, ya identificado, por cuanto ha sido imposible la ubicación del referido acusado, a objeto de imponerlo de la Sentencia Condenatoria dictada en su contra, a los fines de asegurar las resultas del proceso y la comparecencia del acusado al Tribunal para determinar su situación jurídica en relación a la causa que se le sigue, por la comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el artículo 466 ordinal 4° del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano ITALO CARBONE GUERRERO.
Notifíquese a su Defensor y Líbrense los correspondientes oficios a los Organismos competentes.
Regístrese, diarícese y déjese copia.
Sellado y firmado en la sede del Tribunal de Primera Instancia en Función.....